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ASISTENCIAJURÍDICA GRATUITA

DEFINICIÓN

Servicio prestado por el Estado a los ciudadanos con el objetivo de satisfacer el derecho de éste a tutela judicial y a un proceso con las máximas garantías de igualdad e independencia y respetando el Derecho a la defensa de todo acusado.

 

De esta manera se cubren las necesidades del ciudadano sin recursos económicos, bajo tutela policial o penitenciaria o en un proceso penal de recibir una tutela judicial efectiva. Así pues, se establece el turno de oficio o se declaran execepciones al pago de tasas, por ejemplo.

SOLICITUD

Para solicitar el beneficio de justicia gratuita es necesario que el interesado cumplimente un impreso normalizado de solicitud, que se puede obtener en esta página web imprimiendo los anexos del R.D. 1455/2005, para la defensa y representación letrada de la mujer victima de la violencia de genero y del R.D. 996/2003 para la solicitud de Asistencia Jurídica Gratuita y para el procedimiento especial de enjuiciamiento rápido, junto a la documentación citada en el mismo, que acredite la insuficiencia de recursos para litigar. El solicitante del derecho deberá indicar cuáles son las pretensiones cuyo reconocimiento pide.

 

Los impresos también se facilitarán en:

 

  • Los Servicios de Orientación Jurídica de los Colegios de Abogados.

  • Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita.

  • Las dependencias judiciales.

PROCEDIMIENTO

Una vez presentada la solicitud, los servicios de orientación jurídica de los Colegios de Abogados examinarán la documentación presentada y, si aprecian que es insuficiente o que en la solicitud existen deficiencias, concederán al interesado un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de los defectos.

 

Analizada la solicitud, y subsanados en su caso los defectos advertidos, el Colegio de Abogados ha de resolver si el solicitante reúne los requisitos necesarios:

 

  • Si el Colegio de Abogados estima que el solicitante cumple los requisitos legalmente establecidos para obtener el derecho a la asistencia jurídica gratuita, procederá en el plazo máximo de 15 días, contados a partir de la recepción de la solicitud o desde la subsanación de los defectos, a la designación provisional de Abogado, y lo comunicará en el mismo momento al Colegio de Procuradores para que, dentro de los 3 días siguientes, se designe Procurador si su intervención fuera preceptiva.

 

  • Si, por el contrario, el Colegio de Abogados estima que el solicitante no cumple los requisitos necesarios, o que la pretensión de la solicitud carece de fundamento, comunicará al solicitante en un plazo de 5 días que no ha efectuado el nombramiento provisional de Abogado y, al mismo tiempo, trasladará la solicitud a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita para que ésta resuelva.

 

 

REQUISITOS:

 

No todos los documentos que se relacionan a continuación son necesarios en todos los casos, sino que habrá que atender a cada caso, en función de la situación propia de cada solicitante y de las circunstancias que haya alegado en su solicitud.

 

  • Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del solicitante.

  • Certificado de liquidación del IRPF e Impuesto sobre el Patrimonio (de toda la unidad familiar).

  • Certificado de liquidación del Impuesto sobre Sociedades (en el caso de personas jurídicas).

  • Fotocopia de la declaración de utilidad publica o de la inscripción en el Registro de Fundaciones (en el caso de personas jurídicas).

  • Fotocopia del permiso de circulación o certificado de la Jefatura Provincial de Trafico (sólo en caso de delitos contra la seguridad del trafico).

  • Certificado de signos externos del Ayuntamiento donde radica el domicilio.

  • Fotocopia del libro de familia.

  • Certificado de empadronamiento.

  • Certificado de empresa de conceptos salariales.

  • Certificado del INEM de periodo de desempleo y percepción de subsidios.

  • Fotocopia del contrato de arrendamiento de la vivienda habitual, o, en su caso, copia del recibo mensual.

  • Fotocopias de títulos de propiedad de bienes inmuebles. Certificado de valores.

  • Otros (cualquier documento que sirva para acreditar los datos alegados).

© 2015 UNIVERSIDAD SANTA ANA. ALEJANDRO BORRERO MATAMOROS

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